El peaje del tramo Santa Fe–Confluencia y el reclamo paraguayo bajo el Acuerdo de Santa Cruz de la Sierra
Pregunta del expediente
¿Puede la Argentina sostener el cobro de un peaje en el tramo Santa Fe–Confluencia frente al reclamo paraguayo, y por qué vías se resolvería una controversia bajo el Acuerdo de Santa Cruz de la Sierra?
Qué está en juego para la Argentina
Según el plan del concesionario, el tramo Santa Fe al Norte generaría USD 830,5 millones en veinticinco años, el 5,3 % de los ingresos totales proyectados de la concesión (cálculo del Observatorio). Los armadores paraguayos estiman que la tarifa les cuesta USD 30 millones anuales.
El Acuerdo de Transporte Fluvial por la Hidrovía Paraguay-Paraná, que su artículo 35 denomina «Acuerdo de Santa Cruz de la Sierra», admite cobrar «la tasa retributiva de los servicios efectivamente prestados» (art. 9) y prohíbe, sin previo acuerdo de los signatarios, gravámenes basados únicamente en el hecho de la navegación (art. 5). La posición argentina se apoya en que el peaje retribuye dragado, balizamiento y mantenimiento, y su solidez depende de que esos servicios existan y puedan documentarse en el tramo norte.
El reclamo involucra a un socio con el que la Argentina comparte Yacyretá y el Mercosur. Al mismo tiempo, el Brasil prepara la concesión de su tramo del río Paraguay con un peaje propio. La Hidrovía avanza hacia peajes nacionales por tramo, y la coordinación de esos regímenes en los órganos del Acuerdo condiciona el costo total de la ruta fluvial y la elección de los puertos de transbordo, entre ellos los argentinos.
Quién gana y quién pierde, qué y para cuándo
| Actor | Qué gana o qué pierde | Para cuándo | Fichas |
|---|---|---|---|
| Armadores paraguayos (CAFyM) | Pagan USD 1,30 por TRN en el tramo norte, según su propio informe del 22/09, y reclaman bajarlo a USD 0,45–0,50. | Tarifa vigente desde el 01/07/2026 por la Res. AGP 105/2026; negociación con VNA pendiente. | F-2026-0004 F-2026-0007 F-2026-0010 |
| Vía Navegable Argentina S.A. | Percibe la tarifa del tramo; su plan prevé USD 830,5 millones en 25 años por ese segmento. | Desde el 10/09/2026. | F-2026-0014 |
| Estado argentino | Sostiene la tarifa como retribución de servicios; su posición gana solidez si documenta dragado y balizamiento efectivos. | Sin controversia formal iniciada al 30/09/2026. | F-2026-0003 F-2026-0007 |
| Estado paraguayo | Es el único que puede iniciar el procedimiento de solución de controversias; no lo hizo en el período. | Procedimiento disponible en cualquier momento, a partir de negociaciones directas. | F-2026-0003 |
| Bolivia y Paraguay frente al proyecto brasileño | Pidieron participar en la aprobación de la concesión brasileña del río Paraguay; el Brasil descartó remover las rocas del Canal Tamengo que solicitaba Bolivia. | Firma del contrato brasileño prevista antes del fin de 2027. | F-2026-0006 |
Antecedentes y marco
El Acuerdo fue firmado en el Valle de Las Leñas (Mendoza) el 26 de junio de 1992 por la Argentina, Bolivia, el Brasil, el Paraguay y el Uruguay, y aprobado en la Argentina por la Ley 24.385. Rige desde el 13 de febrero de 1995; el Octavo Protocolo Adicional, firmado en Asunción el 9 de marzo de 2018, le dio vigencia indefinida a partir del 13 de febrero de 2020, según la Ley paraguaya 6438/2019.
La tarifa de la Sección II (Santa Fe–Confluencia) se fijó en USD 1,47 por TRN en 2022 y nunca se aplicó plenamente. Desde 2023 rigieron bonificaciones sucesivas de USD 0,80, 1,20, 1,25 y 1,30, según la historia que reconstruye la Resolución AGP 70/2026. La última, de USD 1,30, se prorrogó hasta la toma de posesión del nuevo concesionario.
El Protocolo Adicional sobre Solución de Controversias regula disputas «entre los países signatarios». Prevé primero consultas y negociaciones directas (art. 2); luego la intervención de la Comisión del Acuerdo, que formula recomendaciones (arts. 3 y 4) y decide por unanimidad (art. 25 del Acuerdo); después la del Comité Intergubernamental de la Hidrovía (art. 5); y, en última instancia, un Tribunal Arbitral de tres miembros cuya jurisdicción los Estados reconocen como obligatoria (arts. 6 a 11). Los gremios paraguayos pueden pedir a su gobierno que active ese camino, pero no pueden iniciarlo por sí.
Normas y documentos clave
- Ley 24.385 (aprobación del Acuerdo de Transporte Fluvial por la Hidrovía Paraguay-Paraná). Sancionada el 19/10/1994; el Acuerdo consta de 36 artículos y seis protocolos adicionales.
- Acuerdo de Santa Cruz de la Sierra, arts. 5, 6, 9, 25 y 26, y Protocolo sobre Solución de Controversias. Texto reproducido por el IADE.
- Resolución AGP 105/2026 (BO 06/08/2026). Prórroga de la bonificación del tramo Santa Fe–Confluencia en USD 1,30 por TRN.
- Resolución AGP 70/2026. Historia tarifaria de la Sección II desde 2022.
Cronología documentada
La cronología no registra hechos de octubre de 2026, período del informe N.º 2.
- 26 de junio de 1992Firma del Acuerdo en el Valle de Las Leñas (Mendoza). Fuente: Ley 24.385
- 13 de febrero de 1995Entrada en vigor del Acuerdo. Fuente: Ley paraguaya 6438/2019 (BACN)
- 13 de febrero de 2020Vigencia indefinida por el Octavo Protocolo Adicional (Asunción, 09/03/2018). Fuente: Ley paraguaya 6438/2019 (BACN)
- 2022Tarifa base de USD 1,47 por TRN para la Sección II (Res. MTR 625/2022), luego suspendida. Fuente: Res. AGP 70/2026 (CIRA)
- 15 de febrero de 2023Comienza el régimen de bonificaciones de la Sección II (USD 0,80 por TRN). Fuente: Res. AGP 70/2026 (CIRA)
- 9 de abril de 2024Última Hora publica declaraciones del canciller paraguayo Rubén Ramírez Lezcano: el Paraguay no se opone al peaje y pide que la Argentina presente la tarifa y las prestaciones para lograr el consenso de los países del Acuerdo. Fuente: Última Hora, 09/04/2024
- 21 de mayo de 2026El Uruguay asume la presidencia pro tempore del Comité Intergubernamental de la Hidrovía. Fuente: Cancillería del Uruguay, 22/05/2026
- 4 de agosto de 2026Resolución AGP 105/2026: USD 1,30 por TRN desde el 01/07 hasta la toma de posesión. Fuente: Argentina.gob.ar — Normativa · F-2026-0010
- 31 de agosto de 2026El presidente del CAFyM plantea al ministro Sturzenegger bajar la tarifa a USD 0,50. Fuente: Energía y Transporte (Clarín) · F-2026-0007
- 31 de agosto de 2026Los cancilleres Rubén Ramírez Lezcano y Pablo Quirno firman dos instrumentos de cooperación jurídica; la nota no informa acuerdos sobre el peaje. Fuente: La Nación (PY), 01/09/2026 · F-2026-0007
- 4 de septiembre de 2026La CNCSP pide activar el arbitraje del Acuerdo y un plan maestro para la Hidrovía. Fuente: ADN Digital · F-2026-0003
- 10 de septiembre de 2026VNA toma posesión de la vía. Fuente: ANPYN · F-2026-0002
- 22 de septiembre de 2026El CAFyM rechaza la tarifa de USD 1,30 y espera la presentación de VNA en Asunción. Fuente: La Nación (PY) · F-2026-0004
- 23 de septiembre de 2026Los presidentes de Bolivia, el Paraguay y el Uruguay (URUPABOL) piden en Nueva York regularizar el funcionamiento pleno de la Comisión del Acuerdo y del CIH; la nota conjunta no menciona el peaje. Fuente: Cancillería de Bolivia, 23/09/2026
- 24 de septiembre de 2026El Brasil posterga a 2027 la concesión de su tramo del río Paraguay; Paraguay y Bolivia piden participar. Fuente: Correio do Estado, 29/09/2026 · F-2026-0006
Actores
| Actor | País | Tipo | Posición o rol documentado | Fichas |
|---|---|---|---|---|
| Centro de Armadores Fluviales y Marítimos del Paraguay (CAFyM) | Paraguay | gremio empresario | Rechaza la tarifa de USD 1,30 por TRN y propone USD 0,45–0,50; su presidente es Bernd Gunther. | F-2026-0004 F-2026-0007 |
| Cámara Nacional de Comercio y Servicios de Paraguay (CNCSP) | Paraguay | gremio empresario | Pide activar el arbitraje del Acuerdo; su presidente es Ricardo Dos Santos. | F-2026-0003 |
| Gobierno del Paraguay | Paraguay | Estado | Sin presentación formal hasta el 30/10/2026. El canciller Rubén Ramírez Lezcano visitó Buenos Aires el 31/08 y firmó con su par argentino dos instrumentos de cooperación jurídica, sin anuncios sobre el peaje. En abril de 2024 había dicho que el Paraguay no se opone al peaje y que la tarifa debía acordarse por consenso de los países del Acuerdo. | F-2026-0007 F-2026-0003 |
| Gobierno del Uruguay | Uruguay | Estado | Ejerce la presidencia pro tempore del Comité Intergubernamental de la Hidrovía desde el 21/05/2026. | F-2026-0003 |
| URUPABOL (Bolivia, Paraguay y Uruguay) | Regional | mecanismo de coordinación presidencial | Sus presidentes pidieron el 23/09/2026 regularizar el funcionamiento pleno de la Comisión del Acuerdo y del CIH. | F-2026-0003 |
| Gobierno argentino (Ministerio de Economía, Ministerio de Desregulación, Cancillería, ANPYN) | Argentina | Estado | Fija la tarifa a través de la autoridad de aplicación; sin respuesta pública al reclamo en el período. | F-2026-0007 F-2026-0010 |
| Vía Navegable Argentina S.A. | Argentina | empresa concesionaria | Interlocutor comercial de los usuarios paraguayos desde el 10/09. | F-2026-0004 |
| Infra S.A. y Ministerio de Puertos y Aeropuertos del Brasil | Brasil | Estado y empresa pública | Preparan la concesión del tramo Corumbá–Porto Murtinho del río Paraguay. | F-2026-0006 |
Lo anunciado y lo ejecutado
| Compromiso o anuncio | Quién lo anunció | Plazo anunciado | Estado | Evidencia |
|---|---|---|---|---|
| Presentación del plan de trabajo de VNA a los usuarios paraguayos | CAFyM, 22/09/2026 | Sin fecha | Pendiente | Declaración del gremio. F-2026-0004 |
| Activación del procedimiento de solución de controversias | Pedido de la CNCSP, 04/09/2026 | — | No iniciado | Sin presentación estatal paraguaya en el período. F-2026-0003 |
| Concesión brasileña del tramo sur del río Paraguay | Infra S.A., 24/09/2026 | Contrato antes del fin de 2027 | En preparación | Declaraciones oficiales en un evento público. F-2026-0006 |
Consecuencias observadas
- El reclamo paraguayo se reactivó en coincidencia con el cambio de operador de la vía. F-2026-0003
- La negociación comercial pasó a tener al concesionario como interlocutor directo de los armadores. F-2026-0004
Hipótesis
Interpretaciones del Observatorio sujetas a verificación; no son hechos.
- Si el Paraguay formaliza la controversia, la primera etapa serán negociaciones directas entre Estados; una decisión obligatoria solo llegaría con un tribunal arbitral, después de pasar por la Comisión del Acuerdo y el CIH.Señal que la confirmaría o la descartaría: Nota diplomática paraguaya o convocatoria de la Comisión del Acuerdo.
- Un acuerdo comercial entre VNA y los armadores sobre la estructura tarifaria del tramo norte reduciría la presión para escalar el reclamo al plano estatal.Señal que la confirmaría o la descartaría: Reunión de VNA con el CAFyM en Asunción y eventual cambio del cuadro tarifario.
- La concesión brasileña del río Paraguay crea un segundo peaje nacional sobre la Hidrovía y un precedente de consulta a los países ribereños que el Paraguay podrá invocar.Señal que la confirmaría o la descartaría: Publicación del edital brasileño y respuesta a los pedidos de participación de Paraguay y Bolivia.
Incertidumbres y datos pendientes
- Tarifa vigente en la Sección II después del 10/09/2026 (fuentes discrepantes).
- Posición oficial del gobierno paraguayo. No se halló una declaración oficial sobre el peaje entre septiembre y octubre de 2026 ni se consultaron documentos de su Cancillería; la última posición expresa relevada es de abril de 2024.
- Servicios de dragado y balizamiento efectivamente prestados en el tramo norte durante 2026 (sin datos publicados consultados).
Señales a seguir
- Comunicaciones de las cancillerías sobre el peaje del tramo norte.
- Convocatoria de la Comisión del Acuerdo o del CIH.
- Cuadro tarifario oficial del tramo norte bajo la concesión.
- Resultado de la reunión entre VNA y los armadores paraguayos.
- Publicación del edital brasileño del río Paraguay.
Mapa del expediente

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Lugares vinculados: Vía Navegable Troncal: Sección II Santa Fe–Confluencia (tramo norte), Confluencia de los ríos Paraná y Paraguay (km 1238 de la VNT), Puerto de Santa Fe, Vía Navegable Troncal: tramo fluvial Confluencia–desembocadura del Paraná de las Palmas.
Fichas del registro
- El dictamen de preadjudicación fija las tarifas por etapa de la VNT en USD 3,80, 4,65 y 5,78 por TRN 03/06/2026 · Decidido · F-2026-0014
- La AGP prorroga la bonificación del peaje del tramo Santa Fe–Confluencia en USD 1,30 por TRN hasta la toma del servicio por la adjudicataria 04/08/2026 · Cumplido o concluido · F-2026-0010
- El presidente del CAFyM plantea al ministro Sturzenegger reducir el peaje del tramo Santa Fe–Confluencia a USD 0,50 por TRN 31/08/2026 · Reclamo o negociación abierta · F-2026-0007
- Gremios paraguayos plantean activar el arbitraje del Acuerdo de Santa Cruz de la Sierra contra el peaje argentino del tramo Santa Fe–Confluencia 04/09/2026 · Reclamo o negociación abierta · F-2026-0003
- Comienza la concesión privada de la Vía Navegable Troncal: Vía Navegable Argentina toma posesión y el peaje troncal baja de USD 4,30 a USD 3,80 por TRN 10/09/2026 · Vigente u operativo · F-2026-0002
- Los armadores paraguayos rechazan la tarifa del tramo norte tras el inicio de la concesión y esperan la presentación del plan de trabajo de VNA en Asunción 22/09/2026 · Reclamo o negociación abierta · F-2026-0004
- Brasil posterga a 2027 la concesión de su tramo de la hidrovía del río Paraguay y mantiene la exigencia de estudios de impacto ambiental 24/09/2026 · En preparación · F-2026-0006
Contexto en geopolitica.ar
- La Hidrovía Paraná-Paraguay: la arteria fluvial del interés nacional
- Corredor Bioceánico Central: Brasil y Paraguay aceleran inversiones
Historial
- 29/10/2026 (versión 1.0-rc1): Apertura del expediente (versión preliminar 1.0-rc1, no publicada). Claude (asistente de IA)
- 29/10/2026 (versión 1.0): Control final de consistencia, revisión editorial aprobada y publicación. Alejandro Taibi (editor), con control asistido por Claude
- 30/10/2026 (versión 1.2): Corrige el cuadro de quién gana y quién pierde, que atribuía a la Argentina la presidencia del Acuerdo según una nota periodística, y retira la incertidumbre correspondiente: el Uruguay ejerce la presidencia pro tempore del Comité Intergubernamental de la Hidrovía desde el 21/05/2026. Agrega cuatro entradas de cronología, al Uruguay y a URUPABOL entre los actores y actualiza la posición del gobierno paraguayo. Claude (asistente de IA)
- 02/11/2026 (versión 1.2): Revisión editorial aprobada y publicación. Alejandro Taibi (editor)
Taibi, A. (dir.) (2026). «El peaje del tramo Santa Fe–Confluencia y el reclamo paraguayo bajo el Acuerdo de Santa Cruz de la Sierra». Expediente OGCP-E-03, versión 1.2. Observatorio Geopolítico de la Cuenca del Plata — geopolitica.ar. https://geopolitica.ar/observatorio/expedientes/peaje-santa-fe-confluencia-paraguay/