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Expediente OGCP-E-01 · Navegación, puertos y concesiones

Vía Navegable Troncal: la concesión 2026-2051 y la capacidad de control del Estado

Estado: abiertoApertura: 29/10/2026Última actualización: 03/11/2026 Versión 1.4Revisión editorial: Alejandro Taibi, 03/11/2026

Pregunta del expediente

¿Con qué instrumentos controla el Estado argentino la Vía Navegable Troncal durante los veinticinco años de la concesión, y qué decisiones del contrato pesan más sobre los costos de exportación y sobre la posición del país frente a los usuarios extranjeros?

Qué está en juego para la Argentina

Por la Vía Navegable Troncal sale cerca del 80 % de las exportaciones argentinas, según la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN). Desde el 10 de septiembre de 2026 la opera Vía Navegable Argentina S.A. (VNA), sociedad de Jan De Nul (60 %) y Servimagnus (40 %), en una concesión de obra pública por peaje a riesgo empresario que rige hasta 2051.

El contrato define quién draga y baliza el río, cuánto paga cada buque y con qué información cuenta el Estado para exigir las obras. Según el dictamen de preadjudicación, el plan del concesionario proyecta ingresos por USD 15.660 millones en veinticinco años e inversiones de profundización por USD 606,4 millones. La tarifa sube de USD 3,80 a USD 4,65 y luego a USD 5,78 por TRN a medida que concluyen las obras de cada etapa, de modo que la verificación técnica de esas obras es el acto de control con mayor efecto económico del contrato.

Para Entre Ríos, la ANPYN anunció la incorporación del Paraná Guazú, el Paraná Bravo y el Pasaje Talavera a la vía mantenida. Si se ejecuta, los puertos entrerrianos sobre esa ruta, como Ibicuy, ganarían acceso a profundidades mantenidas; el anuncio no tiene cronograma publicado.

El contrato fija también la tarifa del tramo Santa Fe–Confluencia, que los armadores paraguayos discuten. La medición de los servicios efectivamente prestados en ese tramo sostiene la posición argentina bajo el Acuerdo de Santa Cruz de la Sierra (expediente OGCP-E-03).

Quién gana y quién pierde, qué y para cuándo

ActorQué gana o qué pierdePara cuándoFichas
Exportadores y armadores que usan el tramo troncalPagan USD 0,50 menos por TRN (de USD 4,30 a USD 3,80).Desde el 10/09/2026 y mientras rija la Etapa 0; al concluir las obras de la Etapa 1 la tarifa pasa a USD 4,65 (fecha no publicada).F-2026-0002 F-2026-0014
Vía Navegable Argentina S.A. (Jan De Nul y Servimagnus)Cobra el peaje durante veinticinco años, con ingresos proyectados de USD 626,4 millones anuales en promedio según su propio plan, y asume las obligaciones de inversión y el riesgo empresario.2026-2051.F-2026-0014 F-2026-0008
Estado nacionalDeja de operar la vía y retiene la potestad regulatoria y de control en la ANPYN; la eficacia de esa potestad se medirá en la primera verificación de obras que habilite un aumento tarifario.Desde el 10/09/2026; primera prueba al cierre de la Etapa 1.F-2026-0002 F-2026-0009
Provincias ribereñasIntegran el Consejo de Control, con recomendaciones consultivas y no vinculantes, y reciben información sobre el avance de las obras.Consejo creado el 07/08/2026; primera reunión formal el 21/10/2026.F-2026-0009 F-2026-0015
Entre Ríos y sus puertos del Paraná GuazúAcceso potencial a la vía mantenida por la ruta del Paraná Guazú, el Paraná Bravo y el Pasaje Talavera.Anunciado el 10/09/2026, sin cronograma.F-2026-0002
Armadores paraguayosSe benefician de la baja del peaje troncal y discuten la tarifa del tramo Santa Fe–Confluencia.Negociación abierta desde septiembre de 2026.F-2026-0004

Antecedentes y marco

Desde 2021 la vía la operó la Administración General de Puertos S.A.U. por el Decreto 427/2021; en 2024 los Decretos 699/2024 y 709/2024 encuadraron el servicio y delegaron el nuevo proceso licitatorio, y en 2025 el DNU 3/2025 creó la ANPYN y dispuso la disolución de la AGP, según los considerandos de la Resolución ANPYN 54/2026.

La Licitación Pública Nacional e Internacional N.º 1/2025 recibió ofertas de Jan De Nul–Servimagnus, DEME y DTA Engenharia; esta última fue descartada por falta de garantía. Ambas ofertas válidas cotizaron las tarifas mínimas de cada etapa (USD 3,80, 4,65 y 5,78 por TRN) y la diferencia de puntaje se definió en la evaluación técnica. Antes de la adjudicación, DEME propuso relanzar la licitación con una tarifa máxima de USD 4,77 por TRN; el consorcio adjudicatario objetó la propuesta por errores de cálculo y el Ministerio de Economía rechazó los recursos de DEME (Resolución 844/2026).

La concesión se extiende del km 1238 del río Paraná (Confluencia con el Paraguay) al km 239,1 del Canal Punta Indio, por el Paraná de las Palmas y el Canal Ingeniero Emilio Mitre, e incluye el Paraná Bravo, el Paraná Guazú y el Pasaje Talavera.

Normas y documentos clave

Cronología documentada

Los puntos llenos corresponden a octubre de 2026, período del informe N.º 2.

  1. 2021Decreto 427/2021: la AGP S.A.U. asume la operación transitoria de la vía. Fuente: Res. ANPYN 54/2026, considerandos
  2. 2025DNU 3/2025: creación de la ANPYN y disolución de la AGP S.A.U. Fuente: Res. ANPYN 54/2026, considerandos
  3. 11 de febrero de 2025La PIA observa el llamado anterior (licitación 1/2024), entre otras razones por la inexistencia de estudios de impacto ambiental actualizados. Ese llamado se deja sin efecto en febrero. Fuente: PIA, 11/02/2025
  4. 15 de mayo de 2026La PIA remite a la Fiscalía Federal n.º 9 un dictamen con ocho observaciones a la licitación 1/2025, entre ellas la omisión de la evaluación de impacto ambiental. Fuente: PIA, 15/05/2026 · F-2026-0017
  5. 18 de mayo de 2026El fiscal federal Guillermo Marijuan dictamina contra la cautelar con la que la Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad buscaba suspender la licitación hasta que se analizara el dictamen de la PIA. Fuente: Dinamicarg, 18/05/2026 · F-2026-0017
  6. 19 de mayo de 2026Apertura de ofertas económicas; ambos oferentes cotizan USD 3,80 por TRN para la Etapa 0. Fuente: La Nueva / NA, comunicado oficial
  7. 21 de mayo de 2026El juez federal Daniel Rafecas rechaza la cautelar que pedían la diputada Marcela Pagano y Fernando Míguez para suspender la licitación (causas CFP 2238/2026 y CFP 2425/2026). El fiscal Marijuan había dictaminado en contra. Fuente: Primera Edición, 21/05/2026
  8. 3 de junio de 2026Dictamen de preadjudicación a favor de Jan De Nul–Servimagnus (186,20 puntos contra 162,14 de DEME). Fuente: Perfil, 05/06/2026 · F-2026-0014
  9. 5 de junio de 2026El Juzgado Federal n.º 1 de Santa Fe rechaza el amparo ambiental colectivo contra el proceso licitatorio (expediente 684/2025). La sentencia admite riesgos ambientales potenciales de la navegación, el dragado y la profundización, pero no encuentra acreditado que los decretos impugnados o la licitación causen por sí mismos un daño actual, grave, irreversible e inminente, ni una arbitrariedad o ilegalidad manifiesta. Fuente: Sentencia del 05/06/2026 (copia enlazada por Palabras del Derecho) · F-2026-0017
  10. 18 de junio de 2026Resolución ANPYN 36/2026: adjudicación de la concesión por 25 años. Fuente: GlobalPorts; Res. ANPYN 47/2026 · F-2026-0008
  11. 7 de julio de 2026El Gobierno nacional comunica la firma del contrato de concesión. Fuente: Argentina.gob.ar, 07/07/2026 · F-2026-0008
  12. 16 de julio de 2026Resolución ANPYN 42/2026: bonificación del 16,7 % para los buques que usan el Canal Martín García. Fuente: Argentina.gob.ar — Normativa
  13. 7 de agosto de 2026Resolución ANPYN 47/2026: creación del Consejo de Control de la VNT. Fuente: Boletín Oficial N.º 35.967 · F-2026-0009
  14. 8 de septiembre de 2026Resolución ANPYN 54/2026: nueva bonificación del 16,7 % por el Canal Martín García, retroactiva al 1 de septiembre. Fuente: Boletín Oficial N.º 35.988 · F-2026-0001
  15. 10 de septiembre de 2026Toma de posesión de VNA desde las 0 h; el peaje troncal baja de USD 4,30 a USD 3,80 por TRN. Fuente: ANPYN · F-2026-0002
  16. 16 de octubre de 2026En la Cumbre Federal de Logística del CFI, Entre Ríos reclama el dragado del río Uruguay hasta Concordia y Buenos Aires pide avanzar con el canal Magdalena. Fuente: Elonce, 16/10/2026 · F-2026-0021
  17. 21 de octubre de 2026Primera reunión formal del Consejo de Control, con usuarios, siete provincias y organismos técnicos. Fuente: ANPYN · F-2026-0015
  18. 27 de octubre de 2026Ante la crecida del Paraná, VNA anuncia que sumará dragas y que su flota pasaría de cinco a ocho o nueve unidades. Fuente: GlobalPorts, 27/10/2026 · F-2026-0019

Actores

ActorPaísTipoPosición o rol documentadoFichas
Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN)Argentinaorganismo estatalAutoridad de aplicación y control; promovió la licitación. Su Director Ejecutivo es Iñaki Miguel Arreseygor.F-2026-0001 F-2026-0002 F-2026-0009 F-2026-0015
Ministerio de Economía de la NaciónArgentinaorganismo estatalConducción política del proceso; rechazó los recursos de DEME (Res. 844/2026).F-2026-0008
Vía Navegable Argentina S.A. (Jan De Nul N.V. 60 %, Servimagnus S.A. 40 %)Bélgica y Argentinaempresa concesionariaConcesionaria por 25 años; estimó ahorros logísticos de USD 375 a 456 millones anuales (cifra de parte). El 27/10/2026 anunció el refuerzo de su flota de dragado por la crecida y sostuvo que la situación excede los escenarios previstos en la concesión.F-2026-0002 F-2026-0008 F-2026-0019
Gobiernos de Entre Ríos y de Buenos AiresArgentinagobiernos provincialesEn la Cumbre Federal de Logística (16/10/2026) Entre Ríos reclamó el dragado del río Uruguay hasta Concordia, que depende de la CARU, y Buenos Aires pidió la jurisdicción para licitar el canal Magdalena.F-2026-0021
DEME NVBélgicaempresaOferente en segundo lugar; recurrió la adjudicación y propuso relanzar la licitación.F-2026-0008
Provincias de Entre Ríos, Santa Fe, Corrientes, Chaco, Formosa, Misiones y Buenos AiresArgentinagobiernos provincialesIntegran el Consejo de Control; seis de ellas participaron del diseño de la licitación según la ANPYN.F-2026-0002 F-2026-0015
Usuarios: CIARA-CEC, Bolsa de Comercio de Rosario, UIA, Cámara de Puertos Privados Comerciales, Cámara Naviera Argentina y otras entidadesArgentinaentidades privadasRespaldaron el proceso según la ANPYN e integran el Consejo de Control.F-2026-0015
Prefectura Naval Argentina y Servicio de Hidrografía NavalArgentinaorganismos técnicosSector técnico del Consejo de Control.F-2026-0015
Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD)Naciones Unidasorganismo internacionalSegún la ANPYN, auditó las etapas del proceso licitatorio.—
Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA), Ministerio Público FiscalArgentinaorganismo de controlObservó los llamados de 2024 y de 2025. Su dictamen del 15/05/2026 señala, entre otras irregularidades, la omisión de la evaluación de impacto ambiental. Fiscal Nacional de Investigaciones Administrativas: Sergio Leonardo Rodríguez.F-2026-0017
Ministerio Público Fiscal (Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n.º 9)ArgentinafiscalíaEl fiscal Guillermo Marijuan dictaminó en mayo de 2026 contra las cautelares que pedían suspender la licitación.F-2026-0017
Organizaciones de la sociedad civil (Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad; CAPIBARA Ambiente, Derecho y Sociedad; Centro de Protección a la Naturaleza y otras)Argentinasociedad civilPidieron en la Justicia suspender la licitación. El fiscal dictaminó contra la cautelar del Observatorio del Derecho a la Ciudad. El Juzgado Federal n.º 1 de Santa Fe rechazó el 05/06/2026 el amparo ambiental colectivo, que pedía además una evaluación ambiental estratégica y acumulativa de la cuenca del Paraná.F-2026-0017

Lo anunciado y lo ejecutado

Compromiso o anuncioQuién lo anuncióPlazo anunciadoEstadoEvidencia
Peaje troncal de USD 3,80 por TRNANPYN, 10/09/2026Desde la toma de posesiónVigente u operativoComunicado oficial; operación confirmada por usuarios paraguayos el 22/09. F-2026-0002 F-2026-0004
Estudios técnicos y ambientales previos a la profundizaciónANPYN, 10/09/2026Primeros meses (12 meses según Dinamicarg)En preparaciónLa ANPYN informó «avances de preparación» el 21/10/2026, sin cronograma ni documentos publicados. F-2026-0015
Profundización del Río de la Plata y del Paraná (40 pies en el tramo oceánico)ANPYN, 10/09/2026; plazo según DinamicargAlrededor de cinco años (Dinamicarg)AnunciadoInversión prevista de USD 606,4 millones en el plan del oferente; obras no iniciadas al cierre. F-2026-0002 F-2026-0014
Apertura y mantenimiento del Paraná Guazú, el Paraná Bravo y el Pasaje TalaveraANPYN, 10/09/2026No publicadoAnunciadoSin documento de obra ni cronograma consultado. F-2026-0002
Cámaras, radares y sistema digital de caudales y mareasANPYN, 10/09/2026No publicadoAnunciadoSin evidencia de instalación en el período. F-2026-0002
Consejo de Control con provincias y usuariosRes. ANPYN 47/2026Desde agosto de 2026Vigente u operativoPrimera reunión formal el 21/10/2026. F-2026-0009 F-2026-0015
Refuerzo de la flota de dragado por la crecida (de cinco a ocho o nueve dragas)VNA, 27/10/2026Fines de noviembre de 2026 a comienzos de enero de 2027AnunciadoComunicado de la concesionaria reproducido por la prensa especializada. F-2026-0019
Tarifa de la Sección II (Santa Fe–Confluencia) bajo la nueva concesión——InciertoDinamicarg informa que la rebaja la alcanza; el CAFyM informa que se sigue cobrando USD 1,30 por TRN. F-2026-0002 F-2026-0004

Consecuencias observadas

  • Desde el 10/09/2026 la tarifa troncal es de USD 3,80 por TRN. F-2026-0002
  • La operación de la vía pasó a VNA; la AGP S.A.U. está en liquidación. F-2026-0002
  • El Consejo de Control se reunió el 21/10/2026 con siete provincias, entidades usuarias y organismos técnicos del Estado. F-2026-0015
  • La concesionaria anunció el 27/10/2026 la incorporación de dragas por la crecida del Paraná. F-2026-0019

Hipótesis

Interpretaciones del Observatorio sujetas a verificación; no son hechos.

  • Si las obras de profundización se ejecutan en los plazos informados por la prensa especializada, los buques podrán salir de los puertos del Gran Rosario con más carga en unos cinco años, con menor costo de flete por tonelada para los exportadores.Señal que la confirmaría o la descartaría: Aprobación de los estudios ambientales y publicación del plan de obras de la Etapa 1.
  • El primer aumento tarifario dependerá de que la ANPYN tenga por concluidas las obras de la Etapa 1. La capacidad estatal de medir profundidades y obras con medios propios definirá el margen de discusión con el concesionario en ese momento.Señal que la confirmaría o la descartaría: Procedimiento de certificación establecido en el pliego y publicación de batimetrías de control.
  • La inclusión de la ruta entrerriana puede reordenar el tráfico hacia el Paraná Guazú y los puertos de Entre Ríos si las profundidades se mantienen en forma estable.Señal que la confirmaría o la descartaría: Actos de la ANPYN o del concesionario sobre el Paraná Guazú, el Paraná Bravo y el Pasaje Talavera.

Incertidumbres y datos pendientes

  • No se consultaron el pliego ni el contrato. Falta precisar el procedimiento de certificación de obras, el régimen de penalidades y la información que el concesionario debe entregar a la autoridad.
  • Tarifa vigente en la Sección II después del 10/09/2026 (fuentes discrepantes).
  • Cronograma de estudios ambientales y de obras de profundización. Según Dinamicarg (11/09/2026), el contrato prevé un período de preparación de hasta doce meses para las evaluaciones técnicas y ambientales; no hay un cronograma oficial publicado.
  • Meta de profundidad de la concesión. La prensa especializada que cita el pliego y el contrato coincide en una obligación de 40 pies entre Timbúes y el océano en la Etapa 2 y en estudios de factibilidad para 42 y 44 pies que el concesionario debe presentar después (Dinamicarg, 11/12/2025 y 11/09/2026; GlobalPorts, 20/08/2026). El dictamen de la PIA del 15/05/2026 menciona una obligación de 42 o 44 pies sujeta a una modificación del contrato. Falta el texto del contrato para confirmarlo.
  • La sentencia de Santa Fe del 05/06/2026 se leyó en una copia aportada por el editor. Los textos del dictamen fiscal del 18/05/2026 y de la resolución del juez Rafecas del 21/05/2026 no se consultaron; su contenido se toma de la prensa. No consta si alguna de esas decisiones fue apelada.
  • Los ahorros logísticos que estima VNA (USD 375 a 456 millones anuales) son una cifra de parte sin verificación independiente.
  • La reducción tarifaria de USD 0,50 equivale al 11,6 % de la tarifa anterior; el Ministerio de Economía comunicó un 13,5 % sin detallar la base de cálculo.

Señales a seguir

  • Publicación del cuadro tarifario oficial de la concesión, con el tratamiento de la Sección II y del Canal Martín García.
  • Convocatorias a consultas o audiencias públicas por los estudios ambientales.
  • Actas o informes del Consejo de Control con datos de relevamientos y avance.
  • Primeras batimetrías publicadas y plan de obras de la Etapa 1.
  • Presentación de VNA ante los usuarios paraguayos en Asunción.
  • Apelaciones de las decisiones que rechazaron la cautelar y el amparo ambiental contra la licitación.
  • Pedido de la concesionaria a la ANPYN por costos o plazos derivados de la crecida y respuesta de la autoridad de aplicación.
  • Pedido formal de la Provincia de Buenos Aires por el canal Magdalena y definición de la CARU sobre el dragado del río Uruguay hasta Concordia.
  • Que la profundización se tramite con una evaluación de impacto ambiental y una declaración de la autoridad ambiental nacional, como pidió la PIA el 15/05/2026. El País, reproducido por Análisis Digital el 30/10/2026, atribuye a Iñaki Arreseygor el compromiso de no remover el lecho sin un estudio de impacto ambiental aprobado; no se encontró todavía la fuente primaria de esa declaración. La sentencia de Santa Fe del 05/06/2026 dejó a salvo las evaluaciones ambientales que la ley exija para obras o actividades concretas.

Mapa del expediente

Mapa: La Vía Navegable Troncal concesionada y la ruta entrerriana anunciada
La Vía Navegable Troncal concesionada y la ruta entrerriana anunciada. Tramo fluvial de la concesión, Sección II, canales del Río de la Plata y ríos de la ruta entrerriana (Paraná Guazú, Paraná Bravo y Pasaje Talavera). Mapa estático generado desde los datos vectoriales del Observatorio, con fuentes, fecha, leyenda y escala en la propia imagen.

Abrir la vista interactiva del expediente

Lugares vinculados: Vía Navegable Troncal: tramo fluvial Confluencia–desembocadura del Paraná de las Palmas, Vía Navegable Troncal: Sección II Santa Fe–Confluencia (tramo norte), Canal Martín García (sistema de canales a Martín García), Río Paraná Guazú (tramo hasta el Canal Martín García), Río Paraná Bravo, Río (Pasaje) Talavera, Confluencia de los ríos Paraná y Paraguay (km 1238 de la VNT), Puerto de Santa Fe, Puerto Ibicuy, Canal Ingeniero Emilio Mitre, Canal Intermedio, Canal Punta Indio, Complejo portuario del Gran Rosario (terminales entre Timbúes y Arroyo Seco).

Fichas del registro

Contexto en geopolitica.ar

Historial

Cómo citar

Taibi, A. (dir.) (2026). «Vía Navegable Troncal: la concesión 2026-2051 y la capacidad de control del Estado». Expediente OGCP-E-01, versión 1.4. Observatorio Geopolítico de la Cuenca del Plata — geopolitica.ar. https://geopolitica.ar/observatorio/expedientes/vnt-concesion-control/