Vía Navegable Troncal: la concesión 2026-2051 y la capacidad de control del Estado
Pregunta del expediente
¿Con qué instrumentos controla el Estado argentino la Vía Navegable Troncal durante los veinticinco años de la concesión, y qué decisiones del contrato pesan más sobre los costos de exportación y sobre la posición del país frente a los usuarios extranjeros?
Qué está en juego para la Argentina
Por la Vía Navegable Troncal sale cerca del 80 % de las exportaciones argentinas, según la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN). Desde el 10 de septiembre de 2026 la opera Vía Navegable Argentina S.A. (VNA), sociedad de Jan De Nul (60 %) y Servimagnus (40 %), en una concesión de obra pública por peaje a riesgo empresario que rige hasta 2051.
El contrato define quién draga y baliza el río, cuánto paga cada buque y con qué información cuenta el Estado para exigir las obras. Según el dictamen de preadjudicación, el plan del concesionario proyecta ingresos por USD 15.660 millones en veinticinco años e inversiones de profundización por USD 606,4 millones. La tarifa sube de USD 3,80 a USD 4,65 y luego a USD 5,78 por TRN a medida que concluyen las obras de cada etapa, de modo que la verificación técnica de esas obras es el acto de control con mayor efecto económico del contrato.
Para Entre Ríos, la ANPYN anunció la incorporación del Paraná Guazú, el Paraná Bravo y el Pasaje Talavera a la vía mantenida. Si se ejecuta, los puertos entrerrianos sobre esa ruta, como Ibicuy, ganarían acceso a profundidades mantenidas; el anuncio no tiene cronograma publicado.
El contrato fija también la tarifa del tramo Santa Fe–Confluencia, que los armadores paraguayos discuten. La medición de los servicios efectivamente prestados en ese tramo sostiene la posición argentina bajo el Acuerdo de Santa Cruz de la Sierra (expediente OGCP-E-03).
Quién gana y quién pierde, qué y para cuándo
| Actor | Qué gana o qué pierde | Para cuándo | Fichas |
|---|---|---|---|
| Exportadores y armadores que usan el tramo troncal | Pagan USD 0,50 menos por TRN (de USD 4,30 a USD 3,80). | Desde el 10/09/2026 y mientras rija la Etapa 0; al concluir las obras de la Etapa 1 la tarifa pasa a USD 4,65 (fecha no publicada). | F-2026-0002 F-2026-0014 |
| Vía Navegable Argentina S.A. (Jan De Nul y Servimagnus) | Cobra el peaje durante veinticinco años, con ingresos proyectados de USD 626,4 millones anuales en promedio según su propio plan, y asume las obligaciones de inversión y el riesgo empresario. | 2026-2051. | F-2026-0014 F-2026-0008 |
| Estado nacional | Deja de operar la vía y retiene la potestad regulatoria y de control en la ANPYN; la eficacia de esa potestad se medirá en la primera verificación de obras que habilite un aumento tarifario. | Desde el 10/09/2026; primera prueba al cierre de la Etapa 1. | F-2026-0002 F-2026-0009 |
| Provincias ribereñas | Integran el Consejo de Control, con recomendaciones consultivas y no vinculantes, y reciben información sobre el avance de las obras. | Consejo creado el 07/08/2026; primera reunión formal el 21/10/2026. | F-2026-0009 F-2026-0015 |
| Entre Ríos y sus puertos del Paraná Guazú | Acceso potencial a la vía mantenida por la ruta del Paraná Guazú, el Paraná Bravo y el Pasaje Talavera. | Anunciado el 10/09/2026, sin cronograma. | F-2026-0002 |
| Armadores paraguayos | Se benefician de la baja del peaje troncal y discuten la tarifa del tramo Santa Fe–Confluencia. | Negociación abierta desde septiembre de 2026. | F-2026-0004 |
Antecedentes y marco
Desde 2021 la vía la operó la Administración General de Puertos S.A.U. por el Decreto 427/2021; en 2024 los Decretos 699/2024 y 709/2024 encuadraron el servicio y delegaron el nuevo proceso licitatorio, y en 2025 el DNU 3/2025 creó la ANPYN y dispuso la disolución de la AGP, según los considerandos de la Resolución ANPYN 54/2026.
La Licitación Pública Nacional e Internacional N.º 1/2025 recibió ofertas de Jan De Nul–Servimagnus, DEME y DTA Engenharia; esta última fue descartada por falta de garantía. Ambas ofertas válidas cotizaron las tarifas mínimas de cada etapa (USD 3,80, 4,65 y 5,78 por TRN) y la diferencia de puntaje se definió en la evaluación técnica. Antes de la adjudicación, DEME propuso relanzar la licitación con una tarifa máxima de USD 4,77 por TRN; el consorcio adjudicatario objetó la propuesta por errores de cálculo y el Ministerio de Economía rechazó los recursos de DEME (Resolución 844/2026).
La concesión se extiende del km 1238 del río Paraná (Confluencia con el Paraguay) al km 239,1 del Canal Punta Indio, por el Paraná de las Palmas y el Canal Ingeniero Emilio Mitre, e incluye el Paraná Bravo, el Paraná Guazú y el Pasaje Talavera.
Normas y documentos clave
- Resolución ANPYN 36/2026 (18/06/2026). Adjudicación de la LPNI N.º 1/2025; citada en los considerandos de la Resolución ANPYN 47/2026.
- Resolución ANPYN 47/2026 (BO 10/08/2026). Crea el Consejo de Control, de carácter consultivo, y aprueba su Estatuto.
- Resoluciones ANPYN 42/2026 y 54/2026. Bonificación del 16,7 % para los tránsitos por el Canal Martín García hasta la toma de posesión.
- Comunicado de la ANPYN del 10/09/2026. Toma de posesión, nueva tarifa y obras anunciadas.
- Dictamen de preadjudicación (03/06/2026). Tarifas por etapa, puntajes y plan económico-financiero; consultado en la versión periodística de Perfil.
- Comunicado del Gobierno nacional del 07/07/2026. Firma del contrato de concesión y rebaja del 13,5 % del peaje desde el inicio de la concesión. No indica la fecha de la firma ni los firmantes.
- Sentencia del Juzgado Federal n.º 1 de Santa Fe (05/06/2026). Rechaza el amparo ambiental colectivo contra la licitación y deja a salvo las evaluaciones ambientales que la ley exija para obras o actividades concretas. Según la sentencia, la Resolución ANPYN 48/2025 convocó a una audiencia pública sobre el Informe de Gestión y Evaluación Ambiental de la vía y la Resolución ANPYN 59/2025, que aprobó ese procedimiento, reconoce que la audiencia no fue una evaluación de impacto ambiental y prevé que esas evaluaciones se sustancien para las mejoras o ampliaciones de la vía. Esas resoluciones no se consultaron.
Cronología documentada
Los puntos llenos corresponden a octubre de 2026, período del informe N.º 2.
- 2021Decreto 427/2021: la AGP S.A.U. asume la operación transitoria de la vía. Fuente: Res. ANPYN 54/2026, considerandos
- 2025DNU 3/2025: creación de la ANPYN y disolución de la AGP S.A.U. Fuente: Res. ANPYN 54/2026, considerandos
- 11 de febrero de 2025La PIA observa el llamado anterior (licitación 1/2024), entre otras razones por la inexistencia de estudios de impacto ambiental actualizados. Ese llamado se deja sin efecto en febrero. Fuente: PIA, 11/02/2025
- 15 de mayo de 2026La PIA remite a la Fiscalía Federal n.º 9 un dictamen con ocho observaciones a la licitación 1/2025, entre ellas la omisión de la evaluación de impacto ambiental. Fuente: PIA, 15/05/2026 · F-2026-0017
- 18 de mayo de 2026El fiscal federal Guillermo Marijuan dictamina contra la cautelar con la que la Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad buscaba suspender la licitación hasta que se analizara el dictamen de la PIA. Fuente: Dinamicarg, 18/05/2026 · F-2026-0017
- 19 de mayo de 2026Apertura de ofertas económicas; ambos oferentes cotizan USD 3,80 por TRN para la Etapa 0. Fuente: La Nueva / NA, comunicado oficial
- 21 de mayo de 2026El juez federal Daniel Rafecas rechaza la cautelar que pedían la diputada Marcela Pagano y Fernando Míguez para suspender la licitación (causas CFP 2238/2026 y CFP 2425/2026). El fiscal Marijuan había dictaminado en contra. Fuente: Primera Edición, 21/05/2026
- 3 de junio de 2026Dictamen de preadjudicación a favor de Jan De Nul–Servimagnus (186,20 puntos contra 162,14 de DEME). Fuente: Perfil, 05/06/2026 · F-2026-0014
- 5 de junio de 2026El Juzgado Federal n.º 1 de Santa Fe rechaza el amparo ambiental colectivo contra el proceso licitatorio (expediente 684/2025). La sentencia admite riesgos ambientales potenciales de la navegación, el dragado y la profundización, pero no encuentra acreditado que los decretos impugnados o la licitación causen por sí mismos un daño actual, grave, irreversible e inminente, ni una arbitrariedad o ilegalidad manifiesta. Fuente: Sentencia del 05/06/2026 (copia enlazada por Palabras del Derecho) · F-2026-0017
- 18 de junio de 2026Resolución ANPYN 36/2026: adjudicación de la concesión por 25 años. Fuente: GlobalPorts; Res. ANPYN 47/2026 · F-2026-0008
- 7 de julio de 2026El Gobierno nacional comunica la firma del contrato de concesión. Fuente: Argentina.gob.ar, 07/07/2026 · F-2026-0008
- 16 de julio de 2026Resolución ANPYN 42/2026: bonificación del 16,7 % para los buques que usan el Canal Martín García. Fuente: Argentina.gob.ar — Normativa
- 7 de agosto de 2026Resolución ANPYN 47/2026: creación del Consejo de Control de la VNT. Fuente: Boletín Oficial N.º 35.967 · F-2026-0009
- 8 de septiembre de 2026Resolución ANPYN 54/2026: nueva bonificación del 16,7 % por el Canal Martín García, retroactiva al 1 de septiembre. Fuente: Boletín Oficial N.º 35.988 · F-2026-0001
- 10 de septiembre de 2026Toma de posesión de VNA desde las 0 h; el peaje troncal baja de USD 4,30 a USD 3,80 por TRN. Fuente: ANPYN · F-2026-0002
- 16 de octubre de 2026En la Cumbre Federal de Logística del CFI, Entre Ríos reclama el dragado del río Uruguay hasta Concordia y Buenos Aires pide avanzar con el canal Magdalena. Fuente: Elonce, 16/10/2026 · F-2026-0021
- 21 de octubre de 2026Primera reunión formal del Consejo de Control, con usuarios, siete provincias y organismos técnicos. Fuente: ANPYN · F-2026-0015
- 27 de octubre de 2026Ante la crecida del Paraná, VNA anuncia que sumará dragas y que su flota pasaría de cinco a ocho o nueve unidades. Fuente: GlobalPorts, 27/10/2026 · F-2026-0019
Actores
| Actor | País | Tipo | Posición o rol documentado | Fichas |
|---|---|---|---|---|
| Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN) | Argentina | organismo estatal | Autoridad de aplicación y control; promovió la licitación. Su Director Ejecutivo es Iñaki Miguel Arreseygor. | F-2026-0001 F-2026-0002 F-2026-0009 F-2026-0015 |
| Ministerio de Economía de la Nación | Argentina | organismo estatal | Conducción política del proceso; rechazó los recursos de DEME (Res. 844/2026). | F-2026-0008 |
| Vía Navegable Argentina S.A. (Jan De Nul N.V. 60 %, Servimagnus S.A. 40 %) | Bélgica y Argentina | empresa concesionaria | Concesionaria por 25 años; estimó ahorros logísticos de USD 375 a 456 millones anuales (cifra de parte). El 27/10/2026 anunció el refuerzo de su flota de dragado por la crecida y sostuvo que la situación excede los escenarios previstos en la concesión. | F-2026-0002 F-2026-0008 F-2026-0019 |
| Gobiernos de Entre Ríos y de Buenos Aires | Argentina | gobiernos provinciales | En la Cumbre Federal de Logística (16/10/2026) Entre Ríos reclamó el dragado del río Uruguay hasta Concordia, que depende de la CARU, y Buenos Aires pidió la jurisdicción para licitar el canal Magdalena. | F-2026-0021 |
| DEME NV | Bélgica | empresa | Oferente en segundo lugar; recurrió la adjudicación y propuso relanzar la licitación. | F-2026-0008 |
| Provincias de Entre Ríos, Santa Fe, Corrientes, Chaco, Formosa, Misiones y Buenos Aires | Argentina | gobiernos provinciales | Integran el Consejo de Control; seis de ellas participaron del diseño de la licitación según la ANPYN. | F-2026-0002 F-2026-0015 |
| Usuarios: CIARA-CEC, Bolsa de Comercio de Rosario, UIA, Cámara de Puertos Privados Comerciales, Cámara Naviera Argentina y otras entidades | Argentina | entidades privadas | Respaldaron el proceso según la ANPYN e integran el Consejo de Control. | F-2026-0015 |
| Prefectura Naval Argentina y Servicio de Hidrografía Naval | Argentina | organismos técnicos | Sector técnico del Consejo de Control. | F-2026-0015 |
| Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD) | Naciones Unidas | organismo internacional | Según la ANPYN, auditó las etapas del proceso licitatorio. | — |
| Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA), Ministerio Público Fiscal | Argentina | organismo de control | Observó los llamados de 2024 y de 2025. Su dictamen del 15/05/2026 señala, entre otras irregularidades, la omisión de la evaluación de impacto ambiental. Fiscal Nacional de Investigaciones Administrativas: Sergio Leonardo Rodríguez. | F-2026-0017 |
| Ministerio Público Fiscal (Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n.º 9) | Argentina | fiscalía | El fiscal Guillermo Marijuan dictaminó en mayo de 2026 contra las cautelares que pedían suspender la licitación. | F-2026-0017 |
| Organizaciones de la sociedad civil (Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad; CAPIBARA Ambiente, Derecho y Sociedad; Centro de Protección a la Naturaleza y otras) | Argentina | sociedad civil | Pidieron en la Justicia suspender la licitación. El fiscal dictaminó contra la cautelar del Observatorio del Derecho a la Ciudad. El Juzgado Federal n.º 1 de Santa Fe rechazó el 05/06/2026 el amparo ambiental colectivo, que pedía además una evaluación ambiental estratégica y acumulativa de la cuenca del Paraná. | F-2026-0017 |
Lo anunciado y lo ejecutado
| Compromiso o anuncio | Quién lo anunció | Plazo anunciado | Estado | Evidencia |
|---|---|---|---|---|
| Peaje troncal de USD 3,80 por TRN | ANPYN, 10/09/2026 | Desde la toma de posesión | Vigente u operativo | Comunicado oficial; operación confirmada por usuarios paraguayos el 22/09. F-2026-0002 F-2026-0004 |
| Estudios técnicos y ambientales previos a la profundización | ANPYN, 10/09/2026 | Primeros meses (12 meses según Dinamicarg) | En preparación | La ANPYN informó «avances de preparación» el 21/10/2026, sin cronograma ni documentos publicados. F-2026-0015 |
| Profundización del Río de la Plata y del Paraná (40 pies en el tramo oceánico) | ANPYN, 10/09/2026; plazo según Dinamicarg | Alrededor de cinco años (Dinamicarg) | Anunciado | Inversión prevista de USD 606,4 millones en el plan del oferente; obras no iniciadas al cierre. F-2026-0002 F-2026-0014 |
| Apertura y mantenimiento del Paraná Guazú, el Paraná Bravo y el Pasaje Talavera | ANPYN, 10/09/2026 | No publicado | Anunciado | Sin documento de obra ni cronograma consultado. F-2026-0002 |
| Cámaras, radares y sistema digital de caudales y mareas | ANPYN, 10/09/2026 | No publicado | Anunciado | Sin evidencia de instalación en el período. F-2026-0002 |
| Consejo de Control con provincias y usuarios | Res. ANPYN 47/2026 | Desde agosto de 2026 | Vigente u operativo | Primera reunión formal el 21/10/2026. F-2026-0009 F-2026-0015 |
| Refuerzo de la flota de dragado por la crecida (de cinco a ocho o nueve dragas) | VNA, 27/10/2026 | Fines de noviembre de 2026 a comienzos de enero de 2027 | Anunciado | Comunicado de la concesionaria reproducido por la prensa especializada. F-2026-0019 |
| Tarifa de la Sección II (Santa Fe–Confluencia) bajo la nueva concesión | — | — | Incierto | Dinamicarg informa que la rebaja la alcanza; el CAFyM informa que se sigue cobrando USD 1,30 por TRN. F-2026-0002 F-2026-0004 |
Consecuencias observadas
- Desde el 10/09/2026 la tarifa troncal es de USD 3,80 por TRN. F-2026-0002
- La operación de la vía pasó a VNA; la AGP S.A.U. está en liquidación. F-2026-0002
- El Consejo de Control se reunió el 21/10/2026 con siete provincias, entidades usuarias y organismos técnicos del Estado. F-2026-0015
- La concesionaria anunció el 27/10/2026 la incorporación de dragas por la crecida del Paraná. F-2026-0019
Hipótesis
Interpretaciones del Observatorio sujetas a verificación; no son hechos.
- Si las obras de profundización se ejecutan en los plazos informados por la prensa especializada, los buques podrán salir de los puertos del Gran Rosario con más carga en unos cinco años, con menor costo de flete por tonelada para los exportadores.Señal que la confirmaría o la descartaría: Aprobación de los estudios ambientales y publicación del plan de obras de la Etapa 1.
- El primer aumento tarifario dependerá de que la ANPYN tenga por concluidas las obras de la Etapa 1. La capacidad estatal de medir profundidades y obras con medios propios definirá el margen de discusión con el concesionario en ese momento.Señal que la confirmaría o la descartaría: Procedimiento de certificación establecido en el pliego y publicación de batimetrías de control.
- La inclusión de la ruta entrerriana puede reordenar el tráfico hacia el Paraná Guazú y los puertos de Entre Ríos si las profundidades se mantienen en forma estable.Señal que la confirmaría o la descartaría: Actos de la ANPYN o del concesionario sobre el Paraná Guazú, el Paraná Bravo y el Pasaje Talavera.
Incertidumbres y datos pendientes
- No se consultaron el pliego ni el contrato. Falta precisar el procedimiento de certificación de obras, el régimen de penalidades y la información que el concesionario debe entregar a la autoridad.
- Tarifa vigente en la Sección II después del 10/09/2026 (fuentes discrepantes).
- Cronograma de estudios ambientales y de obras de profundización. Según Dinamicarg (11/09/2026), el contrato prevé un período de preparación de hasta doce meses para las evaluaciones técnicas y ambientales; no hay un cronograma oficial publicado.
- Meta de profundidad de la concesión. La prensa especializada que cita el pliego y el contrato coincide en una obligación de 40 pies entre Timbúes y el océano en la Etapa 2 y en estudios de factibilidad para 42 y 44 pies que el concesionario debe presentar después (Dinamicarg, 11/12/2025 y 11/09/2026; GlobalPorts, 20/08/2026). El dictamen de la PIA del 15/05/2026 menciona una obligación de 42 o 44 pies sujeta a una modificación del contrato. Falta el texto del contrato para confirmarlo.
- La sentencia de Santa Fe del 05/06/2026 se leyó en una copia aportada por el editor. Los textos del dictamen fiscal del 18/05/2026 y de la resolución del juez Rafecas del 21/05/2026 no se consultaron; su contenido se toma de la prensa. No consta si alguna de esas decisiones fue apelada.
- Los ahorros logísticos que estima VNA (USD 375 a 456 millones anuales) son una cifra de parte sin verificación independiente.
- La reducción tarifaria de USD 0,50 equivale al 11,6 % de la tarifa anterior; el Ministerio de Economía comunicó un 13,5 % sin detallar la base de cálculo.
Señales a seguir
- Publicación del cuadro tarifario oficial de la concesión, con el tratamiento de la Sección II y del Canal Martín García.
- Convocatorias a consultas o audiencias públicas por los estudios ambientales.
- Actas o informes del Consejo de Control con datos de relevamientos y avance.
- Primeras batimetrías publicadas y plan de obras de la Etapa 1.
- Presentación de VNA ante los usuarios paraguayos en Asunción.
- Apelaciones de las decisiones que rechazaron la cautelar y el amparo ambiental contra la licitación.
- Pedido de la concesionaria a la ANPYN por costos o plazos derivados de la crecida y respuesta de la autoridad de aplicación.
- Pedido formal de la Provincia de Buenos Aires por el canal Magdalena y definición de la CARU sobre el dragado del río Uruguay hasta Concordia.
- Que la profundización se tramite con una evaluación de impacto ambiental y una declaración de la autoridad ambiental nacional, como pidió la PIA el 15/05/2026. El País, reproducido por Análisis Digital el 30/10/2026, atribuye a Iñaki Arreseygor el compromiso de no remover el lecho sin un estudio de impacto ambiental aprobado; no se encontró todavía la fuente primaria de esa declaración. La sentencia de Santa Fe del 05/06/2026 dejó a salvo las evaluaciones ambientales que la ley exija para obras o actividades concretas.
Mapa del expediente

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Lugares vinculados: Vía Navegable Troncal: tramo fluvial Confluencia–desembocadura del Paraná de las Palmas, Vía Navegable Troncal: Sección II Santa Fe–Confluencia (tramo norte), Canal Martín García (sistema de canales a Martín García), Río Paraná Guazú (tramo hasta el Canal Martín García), Río Paraná Bravo, Río (Pasaje) Talavera, Confluencia de los ríos Paraná y Paraguay (km 1238 de la VNT), Puerto de Santa Fe, Puerto Ibicuy, Canal Ingeniero Emilio Mitre, Canal Intermedio, Canal Punta Indio, Complejo portuario del Gran Rosario (terminales entre Timbúes y Arroyo Seco).
Fichas del registro
- La Procuraduría de Investigaciones Administrativas señala irregularidades en la licitación de la Vía Navegable Troncal, entre ellas la omisión de la evaluación de impacto ambiental 15/05/2026 · Reclamo o negociación abierta · F-2026-0017
- El dictamen de preadjudicación fija las tarifas por etapa de la VNT en USD 3,80, 4,65 y 5,78 por TRN 03/06/2026 · Decidido · F-2026-0014
- La ANPYN adjudica la concesión de la Vía Navegable Troncal al consorcio Jan De Nul–Servimagnus por 25 años 18/06/2026 · Decidido · F-2026-0008
- La ANPYN crea el Consejo de Control de la Vía Navegable Troncal, de carácter consultivo, con provincias y usuarios 07/08/2026 · Vigente u operativo · F-2026-0009
- La ANPYN extiende la bonificación del 16,7 % del peaje para los buques que usan el Canal Martín García hasta la toma de posesión del nuevo concesionario 08/09/2026 · Cumplido o concluido · F-2026-0001
- Comienza la concesión privada de la Vía Navegable Troncal: Vía Navegable Argentina toma posesión y el peaje troncal baja de USD 4,30 a USD 3,80 por TRN 10/09/2026 · Vigente u operativo · F-2026-0002
- En la Cumbre Federal de Logística, Entre Ríos reclama el dragado del río Uruguay hasta Concordia y Buenos Aires pide avanzar con el canal Magdalena 16/10/2026 · Reclamo o negociación abierta · F-2026-0021
- El Consejo de Control de la Vía Navegable Troncal celebra su primera reunión formal con usuarios, provincias y organismos técnicos 21/10/2026 · Vigente u operativo · F-2026-0015
- La concesionaria de la Vía Navegable Troncal suma dragas por la crecida del Paraná y prevé pasar de cinco a ocho o nueve unidades 27/10/2026 · Anunciado · F-2026-0019
Contexto en geopolitica.ar
- La Hidrovía Paraná-Paraguay: la arteria fluvial del interés nacional
- Eje temático «Hidrovía y Cuenca del Plata»
Historial
- 29/10/2026 (versión 1.0-rc1): Apertura del expediente (versión preliminar 1.0-rc1, no publicada). Claude (asistente de IA)
- 29/10/2026 (versión 1.0): Control final de consistencia, revisión editorial aprobada y publicación. Alejandro Taibi (editor), con control asistido por Claude
- 30/10/2026 (versión 1.1): Incorpora la ficha OGCP-F-2026-0017 (dictamen de la PIA del 15/05/2026), tres entradas de cronología (11/02/2025, 15/05/2026 y 05/06/2026), la PIA entre los actores, la incertidumbre sobre la meta de profundidad y una señal sobre la evaluación de impacto ambiental de la profundización. Claude (asistente de IA)
- 30/10/2026 (versión 1.1): Revisión editorial aprobada y publicación. Alejandro Taibi (editor)
- 30/10/2026 (versión 1.2): Corrige la fecha del comunicado de la firma del contrato (07/07/2026; decía 08/07/2026). Agrega a la cronología el dictamen fiscal del 18/05/2026 y el rechazo de la cautelar por el juez Rafecas el 21/05/2026, amplía la entrada del 05/06/2026 con el juzgado y el expediente, suma dos actores, el comunicado del 07/07/2026 al marco y una señal sobre apelaciones, y acota la incertidumbre sobre la meta de profundidad con la prensa especializada que cita el pliego y el contrato. Claude (asistente de IA)
- 02/11/2026 (versión 1.2): Revisión editorial aprobada y publicación. Alejandro Taibi (editor)
- 02/11/2026 (versión 1.3): Describe el rechazo del amparo del 05/06/2026 a partir del texto de la sentencia, que se agrega al marco y como fuente de la cronología. Retira la mención a la subrogancia del juez, que la sentencia no consigna, nombra a las organizaciones que promovieron el amparo y acota la incertidumbre sobre los textos judiciales a las decisiones de mayo de 2026. Claude (asistente de IA)
- 02/11/2026 (versión 1.3): Revisión editorial aprobada y publicación. Alejandro Taibi (editor)
- 03/11/2026 (versión 1.4): Incorpora las fichas OGCP-F-2026-0019 (refuerzo de la flota de dragado por la crecida) y OGCP-F-2026-0021 (reclamos de Entre Ríos y Buenos Aires en la Cumbre Federal de Logística), dos entradas de cronología, un actor, una fila de seguimiento, una consecuencia observada y dos señales. Claude (asistente de IA)
- 03/11/2026 (versión 1.4): Revisión editorial aprobada y publicación. Alejandro Taibi (editor)
Taibi, A. (dir.) (2026). «Vía Navegable Troncal: la concesión 2026-2051 y la capacidad de control del Estado». Expediente OGCP-E-01, versión 1.4. Observatorio Geopolítico de la Cuenca del Plata — geopolitica.ar. https://geopolitica.ar/observatorio/expedientes/vnt-concesion-control/